ESTADO AUTO FEBRERO 17 DE 2012

REPÚBLICA DE COLOMBIA

CORTE CONSTITUCIONAL

SALA DE SELECCIÓN

NÚMERO DOS

 

 

No.

Estado

 

 

ASUNTO

 

Fecha

Auto

 

Fecha Estado

 

DECISION

 

 

 

 

 

3

T-3.351.621  al  T-3.351.628

T-3.351.630  al  T-3.351.914

T-3.351.916  al  T-3.352.409

T-3.352.411  al  T-3.353.855

T-3.353.857  al  T-3.354.124

T-3.354.126  al  T-3.354.674

T-3.354.676  al  T-3.355.676

T-3.355.678  al  T-3.356.144

T-3.356.146  al  T-3.356.850

T-3.356.852  al  T-3.357.611

T-3.357.613  al  T-3.358.186

T-3.358.188  al  T-3.358.565

T-3.358.567  al  T-3.360.485

T-3.360.487  al  T-3.361.523

T-3.361.525  al  T-3.362.631

T-3.362.633  al  T-3.363.009

T-3.363.011  al  T-3.363.153

T-3.363.155  al  T-3.363.547

T-3.363.549  al  T-3.363.980

T-3.363.982  al  T-3.365.456

T-3.365.458  al  T-3.367.893

T-3.367.895  al  T-3.369.612

T-3.369.614  al  T-3.370.071

T-3.370.073  al  T-3.370.212

T-3.370.214  al  T-3.370.582

T-3.370.584  al  T-3.371.420

 

Así como las insistencias en la revisión de las sentencias de tutela proferidas dentro de los expedientes:

 

T-3.282.832

T-3.283.178

T-3.283.333

T-3.284.339

T-3.284.426

T-3.284.476

T-3.286.547

T-3.289.524

T-3.291.077

T-3.291.462

T-3.291.759

T-3.292.007

T-3.292.971

T-3.295.085

T-3.297.425

T-3.302.143

T-3.302.323

T-3.302.520

T-3.302.653

T-3.302.726

T-3.302.760

T-3.302.990

T-3.305.489

T-3.306.176

T-3.307.480

T-3.308.295

T-3.308.431

T-3.309.354

T-3.310.188

T-3.310.212

T-3.310.218

T-3.310.236

T-3.310.981

T-3.313.259

T-3.315.471

T-3.316.057

T-3.316.199

T-3.317.345

 

 

 

 

 

 

17/02/12

 

 

 

 

 

 

14/03/12

 

PRIMERO: ACEPTAR las insistencias para revisión de las sentencias de tutela dictadas dentro de los expedientes:

 

T-3.282.832

Actor: Yeison Medina Vanegas y otro

T-3.284.339

Actor: Cajanal E.I.C.E. en liquidación

T-3.292.007

Actor: Orlando Rafael Llerena Viloria

T-3.292.971

Actor: Martha Cecilia Mayorga López y otro.

T-3.297.425

Actor: Jorge María Ballesteros Melo

T-3.302.323

Actor: Claudia Moreno Escandón

T-3.302.990

Actor: Luis Eduardo Trujillo Solarte

T-3.307.480

Actor: Miyerlad Patiño

T-3.308.295

Actor: Celso Enrique Vargas

T-3.310.212

Actor: Luisa Myriam Lizarazo Ricaurte

T-3.310.236

Actor: Luis Alfonso Fajardo Sánchez

T-3.310.981

Actor: Josefa María Rodríguez Suárez representada por Luz Marina Gómez Arboleda

T-3.316.057

Actor: Tatiana Leguizamo Henao

 

SEGUNDO: NO ACEPTAR las insistencias para la revisión de las sentencias de tutela dictadas dentro de los expedientes:

 

T-3.283.178

T-3.283.333

T-3.284.426

T-3.284.476

T-3.286.547

T-3.289.524

T-3.291.077

T-3.291.462

T-3.291.759

T-3.295.085

T-3.302.143

T-3.302.520

T-3.302.653

T-3.302.726

T-3.302.760

T-3.305.489

T-3.306.176

T-3.308.431

T-3.309.354

T-3.310.188

T-3.310.218

T-3.313.259

T-3.315.471

T-3.316.199

T-3.317.345

 

 

TERCERO: En relación con los expedientes T-3.358.889, T-3.358.896,      T-3.358.971, T-3.358.982, T-3.358.986, T-3.364.930, T-3.368.647 y            T-3.368.656, la Magistrada María Victoria Calle Correa manifestó su impedimento para decidir sobre su selección, de conformidad con lo establecido en el artículo 56, numeral 6º del Código de Procedimiento Penal. Dicha manifestación fue discutida y aceptada por el Magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, quien teniendo la facultad de selección, resolvió sobre los mismos.

 

CUARTO: En relación con el expediente T-3.306.176, el Magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo manifestó su impedimento para decidir sobre su selección, de conformidad con lo establecido en el artículo 56, numeral 5º del Código de Procedimiento Penal. Dicha manifestación fue discutida y aceptada por la Magistrada María Victoria Calle Correa, quien teniendo la facultad de selección, resolvió sobre el mismo.

 

QUINTO: SELECCIONAR para revisión los fallos de tutela correspondientes a los siguientes expedientes:

 

T-3.352.237

Actor: Nolly Teresa Guerrero Vera

T-3.352.756

Actor: Deyanira Pedraza Cárdenas

T-3.353.371

Actor: Luis Horacio Dagua Sabogal en representación del Resguardo Triunfo Cristal Páez

T-3.353.576

Actor: Rocío del Pilar Herrera Vera representada por Anacleto Herrera Ochoa

T-3.353.865

Actor: Cecilia León de Valbuena

T-3.353.886

Actor: María del Socorro Giraldo Aristizabal

T-3.353.968

Actor: Hugo Barragan Parra


T-3.354.923

Actor: Norberto Antonio Giraldo Sucerquia

T-3.355.624

Actor: Myriam Mendoza de Martínez


T-3.356.093

Actor: Claudina Cruz Miranda

T-3.356.117

Actor: Maritza Orobio Cundumi

T-3.356.879

Actor: Maribel Bedoya Giraldo

T-3.357.323

Actor: Anatolio Riveros Romero

T-3.358.155

Actor: Edinson Fang Díaz

T-3.359.779

Actor: Tatiana Rosa Peirano Arancibia

T-3.360.567

Actor: Urbilio Ospina Giraldo

T-3.361.907

Actor: Víctor Manuel Jiménez Fuentes

T-3.362.138

Actor: Francisco Luis Rodríguez García

T-3.362.761

Actor: Amparo Díaz Londoño

T-3.363.568

Actor: Guillermina Téllez de Vásquez

T-3.363.570

Actor: Luis Evelis Andrade Casama Consejero Mayor de la Organización Nacional Indígena de Colombia - ONIC-

T-3.363.582

Actor: Juan Pablo Castaño González

T-3.364.172

Actor: Angélica María Osorio Franco

T-3.364.320

Actor: Organización Regional Indígena del Valle del Cauca- ORIVAC- representada por William López Tovar

T-3.365.496

Actor: Cesar Augusto Solano Orozco

T-3.365.548

Actor: Alberto Sandoval Martínez

T-3.365.600

Actor: Esperanza Sarmiento García

T-3.365.984

Actor: Marco Emilio López Betancur y otro

T-3.366.008

Actor: Ofelia Tabares de Gil

T-3.366.723

Actor: Yulieth Alejandra Zabala Areiza

T-3.366.765

Actor: Javier Alonso Gaviria Gaviria

T-3.367.499

Actor: Efren Tique Ducuara

T-3.367.627

Actor: Claudia Patricia Ospina García

T-3.368.012

Actor: Leidy Johanna Vanegas Mancilla

T-3.368.147

Actor: Blanca Aurora Alayon viuda de Alayon y otros agenciados por Wilson Alayon Alayon

T-3.368.359

Actor: Lina María Gutiérrez Quesada

T-3.369.547

Actor: Roberto Luis Blandón Diosa agenciado por Rosa Amelia Agudelo Villada

T-3.369.848

Actor: Angel María Ladino y otro

T-3.370.191

Actor: Ledys del Socorro Hernández López

T-3.370.193

Actor: María Katia Esther Pérez Lozano

T-3.370.308

Actor: Crispiniano Ballesteros Cáceres agenciado por Dioneida Ballesteros Ballesteros

 

 

SEXTO: EXCLUIR de revisión los fallos de tutela correspondientes a los expedientes estudiados por esta Sala, en sesión del diecisiete (17) de febrero de dos mil doce (2012), que no fueron mencionados expresamente en el numeral anterior.

 

SÉPTIMO: De acuerdo con el sorteo realizado en la sesión correspondiente, REPARTIR, de la siguiente forma, los expedientes seleccionados para revisión:

 

MAGISTRADA MARÍA VICTORIA CALLE CORREA

 

T-3.282.832

Actor: Yeison Medina Vanegas y otro

T-3.308.295

Actor: Celso Enrique Vargas

T-3.356.093

Actor: Claudina Cruz Miranda

T-3.361.907

Actor: Víctor Manuel Jiménez Fuentes

T-3.362.761

Actor: Amparo Díaz Londoño

T-3.366.723

Actor: Yulieth Alejandra Zabala Areiza

T-3.370.308

Actor: Crispiniano Ballesteros Cáceres agenciado por Dioneida Ballesteros Ballesteros

 

MAGISTRADO MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO

 

T-3.284.339

Actor: Cajanal E.I.C.E. en liquidación

T-3.310.236

Actor: Luis Alfonso Fajardo Sánchez

T-3.354.923

Actor: Norberto Antonio Giraldo Sucerquia

T-3.357.323

Actor: Anatolio Riveros Romero

T-3.365.984

Actor: Marco Emilio López Betancur y otro

T-3.368.147

Actor: Blanca Aurora Alayon viuda de Alayon y otros agenciados por Wilson Alayon Alayon

 

MAGISTRADO JUAN CARLOS HENAO PÉREZ

 

T-3.292.971

Actor: Martha Cecilia Mayorga López y otro.

T-3.310.212

Actor: Luisa Myriam Lizarazo Ricaurte

T-3.356.879

Actor: Maribel Bedoya Giraldo

T-3.363.570

Actor: Luis Evelis Andrade Casama Consejero Mayor de la Organización Nacional Indígena de Colombia - ONIC-

T-3.366.765

Actor: Javier Alonso Gaviria Gaviria

T-3.368.359

Actor: Lina María Gutiérrez Quesada

T-3.370.191

Actor: Ledys del Socorro Hernández López

T-3.370.193

Actor: María Katia Esther Pérez Lozano

 

MAGISTRADO GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO

 

T-3.352.237

Actor: Nolly Teresa Guerrero Vera

T-3.360.567

Actor: Urbilio Ospina Giraldo

T-3.367.627

Actor: Claudia Patricia Ospina García

 

MAGISTRADO JORGE IVÁN PALACIO PALACIO

 

T-3.297.425

Actor: Jorge María Ballesteros Melo

T-3.316.057

Actor: Tatiana Leguizamo Henao

T-3.355.624

Actor: Myriam Mendoza de Martínez

T-3.362.138

Actor: Francisco Luis Rodríguez García

T-3.365.496

Actor: Cesar Augusto Solano Orozco

T-3.367.499

Actor: Efren Tique Ducuara

 

MAGISTRADO NILSON ELÍAS PINILLA PINILLA

 

T-3.307.480

Actor: Miyerlad Patiño

T-3.353.576

Actor: Rocío del Pilar Herrera Vera representada por Anacleto Herrera Ochoa

T-3.353.865

Actor: Cecilia León de Valbuena

T-3.358.155

Actor: Edinson Fang Díaz

T-3.364.172

Actor: Angélica María Osorio Franco

T-3.369.848

Actor: Angel María Ladino y otro

 

MAGISTRADO JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB

 

T-3.302.990

Actor: Luis Eduardo Trujillo Solarte

T-3.310.981

Actor: Josefa María Rodríguez Suárez representada por Luz Marina Gómez Arboleda

T-3.356.117

Actor: Maritza Orobio Cundumi

T-3.363.582

Actor: Juan Pablo Castaño González

T-3.365.600

Actor: Esperanza Sarmiento García

T-3.368.012

Actor: Leidy Johanna Vanegas Mancilla

 

MAGISTRADO HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO

 

T-3.302.323

Actor: Claudia Moreno Escandón

T-3.353.371

Actor: Luis Horacio Dagua Sabogal en representación del Resguardo Triunfo Cristal Páez

T-3.353.968

Actor: Hugo Barragan Parra

T-3.359.779

Actor: Tatiana Rosa Peirano Arancibia

T-3.364.320

Actor: Organización Regional Indígena del Valle del Cauca- ORIVAC- representada por William López Tovar

T-3.365.548

Actor: Alberto Sandoval Martínez

T-3.369.547

Actor: Roberto Luis Blandón Diosa agenciado por Rosa Amelia Agudelo Villada

 

MAGISTRADO LUIS ERNESTO VARGAS SILVA

 

T-3.292.007

Actor: Orlando Rafael Llerena Viloria

T-3.352.756

Actor: Deyanira Pedraza Cárdenas

T-3.353.886

Actor: María del Socorro Giraldo Aristizabal

T-3.363.568

Actor: Guillermina Téllez de Vásquez

T-3.366.008

Actor: Ofelia Tabares de Gil

 

OCTAVO: ACUMULAR los expedientes T-3.292.971, T-3.370.191 y           T-3.370.193 seleccionados y repartidos al Magistrado Juan Carlos Henao Pérez, por presentar unidad de materia, para que sean fallados en una sola sentencia, si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión.

 

NOVENO: ACUMULAR los expedientes T-3.361.907 y T-3.362.761 seleccionados y repartidos a la Magistrada María Victoria Calle Correa, por presentar unidad de materia, para que sean fallados en una sola sentencia, si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión.

 

DÉCIMO: ACUMULAR los expedientes T-3.365.548 y T-3.359.779 seleccionados y repartidos al Magistrado Humberto Antonio Sierra Porto, por presentar unidad de materia, para que sean fallados en una sola sentencia, si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión.

 

DÉCIMO PRIMERO: ACUMULAR, por presentar unidad de materia, el expediente T-3.282.832 seleccionado y repartido a la Magistrada María Victoria Calle Correa, al T-3.274.619, seleccionado y repartido a la misma Magistrada por la Sala de Selección Número Once de 2011, para que sean fallados en una sola sentencia, si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión.

 

DÉCIMO SEGUNDO: ACUMULAR, por presentar unidad de materia, el expediente T-3.370.308 seleccionado y repartido a la Magistrada María Victoria Calle Correa, al T-3.299.086, seleccionado y repartido a la misma Magistrada por la Sala de Selección Número Doce de 2011, para que sean fallados en una sola sentencia, si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión.

 

DÉCIMO TERCERO: En relación con los expedientes                                T-3.370.981, T-3.370.982, T-3.370.983, T-3.370.984, T-3.370.985,               T-3.370.986, T-3.370.987, T-3.370.988, T-3.370.989, T-3.370.990,               T-3.370.991, T-3.370.992, T-3.370.993, T-3.370.994, T-3.370.995,               T-3.370.996,  T-3.370.997,  T-3.370.998,  T-3.370.999 y T-3.371.000, COMPULSAR COPIAS a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, para que investigue y decida lo pertinente acerca de la eventual responsabilidad en que hubiere podido incurrir el Juzgado Primero (1º) Promiscuo de Familia de Sincelejo-Sucre, quién tardó más de un año (1) en enviar los referidos expedientes a la Corte Constitucional para su eventual revisión, desconociendo los términos prescritos por los artículos 31 y 32 del Decreto 2591 de 1991.

 

DÉCIMO CUARTO: En relación con la solicitud presentada por el Secretario del Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de San José de Cúcuta, el 2 de febrero de 2012, por la Secretaría General de esta Corporación, EXPIDASE a costa del interesado copia auténtica de los exámenes de egreso contenidos en el expediente T-3.272.199, aportados por el accionante en original y por el accionado en copia.

 

DÉCIMO QUINTO: En relación con la solicitud presentada por el Secretario del Consejo Seccional de la Judicatura del Meta, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, el día 1 de febrero de 2012, por la Secretaría General de esta Corporación, EXPIDASE a costa del interesado copia auténtica de los documentos requeridos, contenidos en el expediente T-3.331.828.

 

DÉCIMO SEXTO: En relación con la solicitud presentada por la señora Diana Mercedes Rodríguez Cifuentes, el 31 de enero de 2012, EFECTUAR a costa de la interesada el desglose de las fotocopias simples de los títulos por ella requeridos, dejando las correspondientes constancias, contenidas en el expediente T-3.345.892.

 

DÉCIMO SÉPTIMO: En relación con la solicitud presentada por el señor Carlos Hernando Barrera el 31 de enero de 2012, por la Secretaría General de esta Corporación, DEVUÉLVASE el expediente T-3.361.524 al Juzgado 19 Civil del Circuito de Bogotá para que se surta el trámite de la impugnación, dando estricto cumplimiento a lo previsto en los artículos 30, 31 y 32 del Decreto 2591 de 1991, de manera que se garantice al solicitante, el derecho a la doble instancia.

 

DÉCIMO OCTAVO: En relación con la solicitud presentada por el señor William Salinas Vargas, el 2 de febrero de 2012, por la Secretaría General de esta Corporación, DEVUÉLVASE el expediente T-3.363.548 a la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca para que se surta el trámite de la impugnación, dando estricto cumplimiento a lo previsto en los artículos 30, 31 y 32 del Decreto 2591 de 1991, de manera que se garantice al solicitante, el derecho a la doble instancia.

 

DÉCIMO NOVENO: NO ATENDER la solicitud de devolución del expediente T-3.351.667, elevada por el señor Juan Vicente Mariño Abril, mediante escrito del 8 de febrero de 2012, toda vez que no ha finalizado el proceso de revisión por parte de esta Corporación, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 49, 50 y 51 del Acuerdo 05 de 1992.

 

VIGÉCIMO: Por la Secretaría General de esta Corporación, INFÓRMESE a los peticionarios que elevaron las solicitudes de selección, acerca de la decisión adoptada por esta Sala, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento Interno, modificado por el Acuerdo No. 01 del 29 de abril de 2004.

 

VIGÉSIMO PRIMERO: DISPONER que los fallos de tutela excluidos de revisión por esta Sala, junto con sus respectivos expedientes, sean enviados a los despachos judiciales de primera instancia. En consecuencia, proceda la Secretaría General de esta Corporación al cumplimiento de lo aquí ordenado, dejando las constancias del caso.

Notifíquese y Cúmplase

 

 

 

 

 

MARTHA VICTORIA SÁCHICA DE MONCALEANO

Secretaria General